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A partir del mes de octubre los camiones deberán incorporar limitadores de velocidad de 90 kilómetros por hora. Será a partir de los modelo 2015.

Según una resolución de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), será obligatoria la colocación del dispositivo que limita la velocidad a 90 km por hora, y el Ministerio de Transporte estableció un cronograma de que se inicia en octubre próximo.

El dispositivo será requisito indispensable para aprobar la revisión técnica para unidades con una capacidad de carga de más de 3.500 kgs.

La disposición de CNRT es la N° 500/2017, y establece que desde el primero de octubre regirá la obligación de la instalación para los camiones modelo 2015, cuya patente termine con los números 0 y 1.

La medida continuará en noviembre para las patentes terminadas en 2 y 3; en diciembre 4 y 5; en enero de 2018 para las finalizadas en 6 y 7 y febrero 8 y 9 de los modelos 2015.

Las unidades modelo 2016 deberán iniciar la verificación en marzo del año próximo, y para los modelos 2017 en junio del próximo año.

Para la instalación de los limitadores de velocidad se deberá solicitar turno a un concesionario oficial de la fábrica de su vehículo, antesde forma previa a la verificación técnica en las plantas habilitadas.

La medida pretende reducir los siniestros viales en rutas argentinas.

Fuente: CNRT