El cambio formará parte de la reforma del Código Penal que se le presentará al Presidente de la Nación Mauricio Macri el próximo 21 de agosto. Sólo será no punible en “escasa cantidad” y “en el ámbito privado”.
Luego de que el 8 de agosto el Senado termine de tratar y votar el proyecto de legalización del aborto, se viene otro debate importante vinculado con al consumo personal de drogas. El tema se debatirá el próximo 21 de agosto. Ese día, Mauricio Macri se reunirá con el titular de la comisión de reforma y actualización del Código Penal, Mariano Borinsky, quien le entregará el texto definitivo del nuevo código, que incluye modificaciones sobre la tenencia de estupefacientes con los que buscan tornarla no punible en algunos casos. El Presidente deberá firmar el documento y enviarlo al Congreso.
Los cambios en el código son muchos. Por ellos, de aprobarse, se pasará de los 316 artículos a 540. El título 15 de “delitos de narcotráfico y relacionados con estupefacientes” aclara que la tenencia para consumo personal no será punible siempre que se trate de una “escasa cantidad” y que se registre “en el ámbito privado”.
“Estamos plasmando en la ley lo que ya establece la jurisprudencia de la Corte Suprema basándose en el artículo 19 de la Constitución Nacional”, explicó a medios Borinsky, en relación a este artículo que sostiene que las acciones privadas de las personas que no afecten el orden, la moral pública ni perjudiquen a un tercero quedan exentas de la autoridad de los magistrados.
Además el titular de la reforma se refiere, específicamente, al fallo Arriola del 25 de agosto de 2009 en el que la Corte Suprema de Justicia determinó por unanimidad que resultaba inconstitucional penar la tenencia para consumo personal con entre 1 mes y dos años de prisión como hasta hoy lo dice la ley de estupefacientes (la N° 23.737).