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"AFIP aclara, ante los casos de público conocimiento en los que los empleados sufrieron un descuento mayor del impuesto a las ganancias al 35%, (que es la alícuota máxima del impuesto) que el empleado debe informar todo el ejercicio, las deducciones y la renta percibida de otros empleos hasta el 31 de marzo de cada año", sostuvo la dirección del ente estatal.

Asimismo, el empleador no podrá descontar en total de todo el año más del 35% del salario en concepto de retención de Impuesto a las Ganancias, pero puede superar dicho límite en la liquidación anual que se produce con el sueldo de abril, a menos que el empleado manifieste por escrito su decisión de que se respete ese límite, así lo informa el comunicado.

En este sentido, el organismo indicó que la retención puede llegar al total del salario en tres situaciones:

A – Si el empleado informa en marzo los salarios que pagan otros empleadores.

B – Si el empleado modifica una o más deducciones informadas, disminuyendo su valor o eliminándolas.

C – Si el empleado no le manifiesta a los empleadores su decisión de que no le retengan más del 35% en el mes de abril.

En tales circunstancias, el empleador no tendrá más que una oportunidad de retener el impuesto y, por tal modo, no permitir que su empleado adeude impuestos y tenga que ingresarlos de su bolsillo y/o empresa. En rasgos generales, los empleadores le dan aviso a sus empleados de todas estas obligaciones, a modo de evitar los inconvenientes sucedidos en los últimos días, sostuvo AFIP.

Fuente: Medios.