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Apicultores mendocinos denunciaron que en el país se vende una miel tóxica, pese a que fue prohibida por la ANMAT en 2014 y 2019.

Guillermo García, un activo apicultor de Luján de Cuyo que distribuye colmenas a las áreas productoras más importantes del país, alertó que “hay una persona, o varias, que adulteran la miel o truchan las etiquetas y venden una miel tóxica para el consumo humano a muy bajo precio, por debajo del costo real de la miel, y hacen un dumping en el mercado interno”.

Se advirtió que la miel en cuestión “ya fue prohibida para su comercialización en 2014 y aún hoy se sigue vendiendo con etiquetas nuevas y bajo un número de análisis, RNE y RNPA inexistentes”. Los envaneces de esa miel que fue prohibida en 2014 hoy tienen fecha de vencimiento 2022.

La mayor venta de estos productos es “a través de Facebook (Marketplace) y Mercado Libre” y se indicó que, si bien la miel prohibida es la misma, se comercializa con varias etiquetas distintas.

La resolución de ANMAT del 15 de enero 2019, resolvió sobre el particular:

“Que la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba informa respecto del producto: “Miel”, marca Delicia de San Marcos, elaborado por Medina David, lbarbalz 1181, Córdoba, que el análisis municipal 77676 concluye violación al artículo 783 del Código Alimentario Argentino (CAA) en relación a los parámetros sacarosa aparente e hidroximetilfurfural”.

Luego agrega que “el producto “Miel”, marca Delicia de San Marcos, elaborado por Medina David, lbarbalz 1181, Córdoba está en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13, 155 y 783 del CAA, por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, y estar adulterado en relación a los parámetros sacarosa aparente e hidroximetilfurfural, resultando ser en consecuencia ilegal”.

Y finalmente se resuelve: “Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Miel”, marca Delicia de San Marcos, elaborado por Medina David, lbarbalz 1181, Córdoba, por las razones expuestas en el Considerando”.

Por Redacción