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La agente policial reconoció el hecho en un juicio abreviado y sentenciada a 3 años de prisión condicional por abandono de persona seguido de muerte.

En diciembre del 2020 y luego de casi una semana de intensa búsqueda, hallaron el cuerpo sin vida de Florencia Romano, de 14 años, en una acequia de calle Alsina de Luzuriaga, en Maipú. Horas después, el fiscal Fernando Guzzo revelaría que minutos antes del asesinato de la joven, había ingresado un llamado al 911 alertando sobre una situación de violencia de género y que la Policía no realizó la derivación correspondiente al lugar donde efectivamente Florencia había sido asesinada.

El dato sumó más gravedad cuando se supo que el teléfono de la menor se apagó a las 19:17hs, es decir, 19 minutos después de la llamada del vecino que alertó al 911 y que hizo suponer, por la cercanía del lugar del crimen a la comisaría más próxima que, de haber actuado de otra manera, podrían haberla rescatado a tiempo.

Este viernes, la operadora que hizo caso omiso a ese llamado de alerta, Soledad Herrera, fue condenada a 3 años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer cargos públicos luego de que la imputada asumiera su responsabilidad penal en los hechos. De esta manera, quedó en libertad y ya no podrá ocupar ningún cargo público de por vida.

"La condena de tres años a prisión en suspenso fue porque la mujer (en referencia a Herrera) no tenía antecedentes condenatorios que le impidieran obtener esta pena. Lo interesante del fallo, más allá de la condena, es que la calificación legal fue: ‘abandono de persona e incumplimiento de los deberes de funcionario público en contexto de violencia de género institucional’. Esto es muy importante porque el Juez tomó lo que planteamos desde el Ministerio Público: de que el hecho implica violencia de género institucional, por parte de la Policía", explicó dra. Laura Rouselle, jefa de la Fiscalía de Delitos No Especializados.

"La violencia de género no son sólo acciones sino también omisiones y en este caso, agentes del Estado incurrieron en esta omisión justamente porque carecen de perspectiva de género, porque no tuvieron lo necesario para actuar de otra manera. Eso es violencia de género institucional. Además, se dispusieron medidas de satisfacción y de rehabilitación para las víctimas. Esto es: asistencia psicológica y/o psiquiátrica gratuita para la familia de Florencia Romano y, en caso de necesitar medicación, también la recibirán sin cargo por orden del Juez", sumó la letrada.

Por otro lado, las "medidas de no repetición", que apuntan a que en el diseño y organización del CEO, la selección del personal y su funcionamiento debe tener algunos ajustes para que no se repitan situaciones como estas. "La idea es que se seleccione mejor a las personas que van a integrar, a trabajar en el CEO, que presenten cierto perfil psicológico que les permita tener cierta mesura en su forma de actuar ante circunstancias variadas. En este caso no fue así", dijo. 

"Aquí no solamente está la responsabilidad de Soledad Herrera que no respondió como debía en sus funciones sino también la organización del CEO en donde no está previsto realizar controles más rigurosos de las aptitudes psicológicas de quienes lo integran", sumó la fiscal.

Ahora, lo único que resta es que la Inspección General de Seguridad resuelva exonerar a Herrera quien hasta este momento estaba suspendida para quedar directamente y de por vida fuera de las fuerzas de seguridad y de algún cargo público.