Este sábado 26 de junio se publicó el nuevo DNU que extiende las restricciones en todo el territorio nacional y, además, se disponen nuevas medidas para quienes pretendan salir y entrar a la Argentina.
El presidente Alberto Fernández para mitigar el impacto de la segunda ola de Covid en Argentina que atraviesa el país firmó el Decreto de necesidad y urgencia (DNU) que oficializó la prórroga hasta el 9 de julio de las restricciones en todo el país según las distintas zonas clasificadas en un "semáforo epidemiológico"
En los considerandos del decreto sobre las restricciones publicado este sábado, el Gobierno nacional se refiere a la preocupación por las nuevas variantes de Covid en Argentina, en especial la Delta, que tiene mayor contagiosidad y transmisibilidad que las detectadas con anterioridad.
La prórroga de las restricciones había sido anticipada este viernes en conferencia de prensa por la ministra de salud, Carla Vizzoti, quien también informó que se llegó a un acuerdo para la adquisición de 24 millones de vacunas de origen chino Sinopharm, que llegarán al país entre julio y septiembre.
El artículo 1 establece que se prorroga el "Decreto N° 287/21, el plazo establecido en su artículo 30, así como sus normas complementarias, prorrogados por el artículo 1° de los Decretos Nros. 334/21 y 381/21, hasta el día 9 de julio de 2021, inclusive".
La norma corre vista al Congreso de la Nación y fue prorrogada a la espera de la sanción de la ley que establece los parámetros para el manejo de la pandemia.
En cuanto a la situación epidemiológica actual del país, en los considerandos de la norma se indica que "entre las semanas 15 y 19 se observó un pequeño descenso de casos posiblemente relacionado con las medidas implementadas a partir del 15 de mayo" y que "se registra un descenso de casos en la gran mayoría de las jurisdicciones".
El descenso observado en las últimas semanas a nivel nacional se refleja también en los grandes centros urbanos, indica el DNU, y señala que "en las últimas semanas se comenzó a registrar un descenso en el número de personas internadas".
Se precisa además que 21 de los 24 distritos del país "presentan alta incidencia en promedio -250 casos cada 100 mil habitantes en los últimos 14 días-, y 7 de ellos superan los 500 casos cada 100 mil habitantes en los últimos 14 días,12 menos que las 2 semanas previas".
Asimismo precisa que las jurisdicciones con mayor ocupación promedio de camas de terapia intensiva son las provincias de Neuquén, Santa Fe, Corrientes, Rio Negro, Salta, San Juan y Córdoba.
Semáforo epidemiológico
El DNU prorroga la facultad de los gobernadores y al jefe de Gobierno porteño a adoptar restricciones ante la verificación de determinados parámetros epidemiológicos, a través del denominado "semáforo epidemiológico".
Ese esquema se divide en bajo, mediano y alto riesgo, según la evolución de la pandemia en cada distrito del país.
Los de bajo riesgo son aquellas jurisdicciones en donde la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes sea inferior a 50.
Los de riesgo medio son las que el número se ubique entre 50 y 150 y los de alto cuando sea superior a 150.
Los grandes aglomerados urbanos, departamentos o partidos de más de 300.000 habitantes son considerados en Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria cuando la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes sea igual o superior a 500 y el porcentaje de ocupación de camas de terapia intensiva sea mayor al 80 por ciento.
No obstante, la autoridad sanitaria nacional podrá modificar los parámetros previstos en este artículo, de acuerdo a la evolución epidemiológica y sanitaria.
Nuevas medidas rigen para turismo y viajes
Entre las nuevas medidas que dispuso el Gobierno en su Decisión Administrativa 643/2021, se mantendrá el cierre de fronteras para el turismo y la suspensión de los vuelos provenientes del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Chile, Brasil, India, países africanos y Turquía.
Las novedades más destacadas son, en gran medida, que se decidió limitar el ingreso de argentinos y de residentes. Por eso, y ante el temor por la propagación de la variante delta, se fijó un cupo máximo de ingreso de 600 pasajeros al día.
Además, si fijó la cuarentena obligatoria para quienes ingresen al país entre el 1 de julio y el 31 de agosto. Los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires establecerán los lugares en los que deberán realizar dicho aislamiento. De este modo, más allá de que den negativo en la prueba realizada al momento del arribo, las personas deberán cumplir con siete días de aislamiento obligatorio en los lugares dispuestos por las autoridades.
En el mismo sentido, se dispuso que el costo asociado a la estadía en el lugar destinado a realizar la cuarentena deberá ser asumido por la persona que ingresa al país. En el caso de violar las medidas dispuestas, “se formularán las pertinentes denuncias penales”.