Así se desprende según la resolución 1149/2017 publicada este lunes en el Boletín Oficial y firmada por la ministra Patricia Bullrich.
El Ministerio de Seguridad de la Nación dispuso un protocolo para el registro o detención de personas pertenecientes al colectivo de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales (LGBT).
Se trata del "Protocolo General de Actuación de Registros Personales y Detención para Personas Pertenecientes al Colectivo L.G.B.T.", que será de "aplicación obligatoria para todo el personal perteneciente a las fuerzas policiales y de seguridad federales", según la resolución 1149/2017 publicada en el Boletín Oficial y firmada por la ministra Patricia Bullrich.
En el anexo de la medida se remarca que la ejecución de la nueva disposición "deberá ser realizada por personal femenino, quien actuará de conformidad con el modelo de Uso Racional de la Fuerza, de manera tal que se asegure la efectividad de la acción".
Asimismo, en el texto publicado junto a la resolución se subraya que "en todos los casos la prevención, el registro o la detención se realizarán resguardando la integridad física, respetando los derechos personalísimos, la identidad de género y la dignidad de la persona".
En otro de sus puntos centrales, la normativa de la cartera de Seguridad establece que "la persona detenida será alojada según el género autopercibido, en una celda separada si entiende que existe un riesgo potencial para su integridad, dignidad u otros derechos o si, al momento de informar su género, no se identifica con ninguno del binomio masculino/femenino".
Además, determina que "las personas destinatarias del presente protocolo que necesiten utilizar instalaciones diferenciadas por sexo en las dependencias (ej. sanitarios), serán consultadas sobre si desean hacer uso de las instalaciones femeninas o masculinas".
Este protocolo será incorporado "como contenido obligatorio en los Institutos de Formación y en los Cursos de Ascensos de Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales", añade la norma.
En el marco de la serie de pautas que los agentes deberán seguir al tratar con personas LGBT, otro de los puntos señala que "ante la presencia de una persona que haya optado por un género que difiera de su condición biológica, o bien cuando el personal policial advierta tal circunstancia, deberá dispensarle el trato correspondiente al género autopercibido, respetando aquel nombre de pila con el cual se sienta identificado, sin perjuicio de la documentación que exhiba".
Sobre esta cuestión, el protocolo elaborado por la cartera de Seguridad precisa que "en caso de no poseer la documentación se actuará de igual manera, o sea por el nombre de pila con el cual se identifique y por el género con el cual se autoperciba y exprese oportunamente".
Asimismo, se remarca que el efectivo debe "consultar a la persona a requisar cuál es su autopercepción de género" de manera que coincida el género del policía que encabeza el procedimiento "a fin de garantizar su dignidad y preservar su intimidad". La pregunta sobre la autopercepción debe realizarse con "tono calmo y voz clara", advierte la norma.
Otro de los puntos fijados en el anexo indica que "se procurará contar con testigos de idéntico género de aquel optado por el requisado, a fin de no menoscabar su derecho a la intimidad".