A través de la Resolución publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo a cargo de Claudio Omar Moroni, establece cuántos días deben aislarse las personas
El Gobierno de la Nación estableció recomendaciones en las que los trabajadores deberán basarse, para regresar a sus puestos de trabajo luego de tener diagnóstico confirmado o ser contacto estrecho de un caso de COVID-19.
Según puntualizó el Ministerio de Trabajo, a través de la resolución 27/2022, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, quienes no hayan requerido internación podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta.
Esto se aplicará en las siguientes circunstancias:
- Casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto: a los diez días de la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.
- Casos confirmados con esquema de vacunación completo: a los siete días desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos), cumpliendo en los tres días posteriores de cuidados especiales (no concurrir a eventos masivos, ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada, en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas).
Contactos estrechos
En tanto, los contactos estrechos asintomáticos podrán regresar a sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta, de acuerdo al siguiente detalle:
- Contactos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto: a los diez días desde el último contacto con el caso confirmado.
- Contactos asintomáticos con esquema de vacunación completo o que hayan tenido COVID-19 en los últimos 90 días: sugieren realizar un test diagnóstico entre el tercer y quinto día.
- Contactos asintomáticos con esquema de vacunación completo y refuerzo, con más de 14 días de la última aplicación: realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.