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El hecho denunciado no se encuentra configurado en norma penal alguna”, es la conclusión a la que llegaron los fiscales que investigaron el “Bonarricogate”, razón por la cual archivaron las causas contra el ex senador y contra el Gobierno.

En mayo, la provincia de Mendoza se transformó en el epicentro de un escándalo político por un subsidio de $18 millones que el Gobierno provincial iba a entregarle a la Fundación Acción Social del pastor evangélico. La polémica fue de tal magnitud que el gobernador Rodolfo Suarez decidió dar marcha atrás y derogó ese convenio de colaboración que se había suscripto.

El hecho estalló tras las declaraciones radiales de Bonarrico que admitió que los fondos los consiguió a cambio de desistir de su candidatura. Hay que recordar que el espacio del ex senador formaba parte de la alianza Cambia Mendoza. Como consecuencia de esos dichos se realizaron una serie de denuncias cruzadas. Por un lado, el Gobierno fue a la Justicia contra el pastor y el peronismo realizó una denuncia penal por el accionar del Ejecutivo, acusándolo de varios delitos.

La fiscal Susana Muscianisi, a cargo de de la fiscalía de instrucción Nº 7 de la Unidad de Delitos Económicos, tuvo a su cargo la denuncia que la gestión de Suarez hizo contra el ex legislador. Entre los argumentos para mandar la causa al archivo figura que “no existieron motivos bastantes para sospechar participación en un hecho delictivo. De las notas periodísticas no surge de forma alguna que el nombrado haya expresado al momento de realizar dichas manifestaciones que se le daría un destino distinto a los montos que le serían otorgados por el convenio de colaboración en cuestión”.

Es por eso que, “habiendo analizado palabra por palabra los dichos del representante de la Fundación Acción Social, no surge de forma alguna que este reconozca o haya podido tener la intención de dar, a los fondos que fueron destinados, en efecto, un destino diverso, máxime si se considera que mediante el decreto 846 se dejó sin efecto el pago convenido a la Fundación”.

En conclusión, teniendo en cuenta que se derogó el decreto N° 684, que aprobaba el acuerdo de colaboración con la Fundación en cuestión, es que no se puede “aseverar la existencia de una defraudación en perjuicio de la administración pública, ni siquiera como acto tentado”.

Por redacción