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Serán algunas de las sanciones que contempla el nuevo Código de Faltas que se busca implementar en Mendoza. Aquellos médicos que no denuncien los casos detectados, la cifra prevista será el doble o triple.

La campaña de vacunación será desde el 1 de octubre, que exige que todos los niños de 1 a 4 años deben recibir una dosis adicional de la triple viral.

A causa del rebrote de enfermedades, como el sarampión, del que no se sabía en Argentina desde hace casi dos décadas, nacen los cuestionamientos hacia los movimientos antivacunas.

Pero la problemática se presenta en padres mendocinos que adoptan esta postura, sea por que la asocian a una moda de otros países, o cuestiones ideológicas, religiosas o simplemente por descuido. Ante esto, deben saber que el nuevo Código de Faltas que se busca aprobar en la provincia prevé sanciones por este incumplimiento.

En caso de que esto ocurra, las multas irán desde los $1.900 a los $7.600 y podría incluir arrestos de hasta 5 días.

Según el proyecto que el Ejecutivo provincial envió a la Legislatura y que está siendo evaluado para reemplazar al viejo Código Contravencional de Mendoza, dentro del apartado para las acciones que atentan contra la salud, la sanidad y la higiene. En el artículo 119 se habla de la omisión de la vacunación por parte de los responsables de los menores de edad.

En lo escrito anuncia que padres, tutores, curadores o guardadores que no cumplan con la obligación de que sus hijos o menores a cargo reciban las vacunas obligatorias, incluidas en el calendario nacional, recibirán sanciones.

Esto sería con multas desde las 200 unidades fiscales (UF), es decir alrededor de $1.900, hasta las 800 UF, unos $7.600. También se contempla el arresto durante 5 días o su equivalente en trabajo comunitario en centros asistenciales u hospitales públicos para menores de edad.

Cabe destacar que la medida no sólo alcanzará a los padres sino que será aún peor para los efectores de salud (públicos o privados) y para todo agente o funcionario público que tenga conocimiento de esta vulneración del derecho a la vacunación de los menores que no comunique esa circunstancia a la autoridad administrativa local. El que la omita será sancionado con el doble de lo previsto en el párrafo anterior y si reincide la sanción se triplicaría, tanto en el mínimo como en el máximo.

Fuente: Diario Uno