El Gobierno nacional oficializó este lunes la suspensión de las clases por 14 días para evitar que el “tránsito de los alumnos” facilite la propagación del coronavirus, aunque se remarcó que los docentes y el resto del personal educativo deberá continuar asistiendo a los establecimientos.
“Durante el plazo que dure la suspensión de asistencia de estudiantes, el personal docente, no docente y directivo concurrirá normalmente a los efectos de mantener el desarrollo habitual de las actividades administrativas, la coordinación de los servicios sociales y las actividades pedagógicas que se programen para el presente período de excepcionalidad”, establece la resolución 108/2020.
Deberán cumplir con esta última disposición aquellos trabajadores que no se encuentren cumpliendo la cuarentena, cuyos parámetros se establecieron con el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que firmó el pasado jueves el presidente Alberto Fernández.
Al respecto, el Gobierno nacional también “instó” a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “a otorgar una licencia preventiva por 14 días corridos con goce íntegro de haberes, a los trabajadores y trabajadoras docentes, no docentes o auxiliares y personal directivo de todos los niveles y modalidades de la educación obligatoria y en las instituciones de la educación superior, que se encuentren comprendidas en las previsiones del artículo 7° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020”.
En el Boletín Oficial de este lunes también se publicaron las resoluciones 104, 105 y 106, que contemplan otras de las tantas medidas que se tomaron en el área educativa para tratar de contener los contagios del COVID-19.
La primera de las disposiciones es para las universidades, institutos universitarios y de educación superior de todas las jurisdicciones, a las que recomienda que "adecuen las condiciones en que se desarrolla la actividad académica presencial en el marco de la emergencia conforme con las recomendaciones del Ministerio de Salud".