Se trata de Héctor Ezequiel Dichano quien fue sentenciado a 8 años de prisión por abusar de una joven en una fiesta en Rivadavia. Por su parte Leandro Llaver, acusado de vejar a una niña en San Martín, accedió al beneficio de arresto domiciliario por enfermedad.
Dos causas de abuso sexual que tienen como protagonistas a funcionarios públicos tuvieron una semana de definiciones en los Tribunales de la Zona Este.
Por un abuso sexual durante una fiesta clandestina en Rivadavia, fueron condenados a ocho años de prisión el penitenciario Héctor Ezequiel Dichano (28) y su amigo, Maximiliano Javier Palma Anglat (21).
El hecho ocurrió a fines del año pasado, mientras aún regían las restricciones por la pandemia del coronavirus. Tuvo similares características, y ocurrió en el mismo departamento, a las denuncias de violaciones en La Madriguera, una vivienda utilizada para hacer eventos ilegales.
En tanto, Leandro Llaver Adaro (32), el empleado judicial acusado de vejar a una niña de 12 años en San Martín, accedió al beneficio de la prisión domiciliaria por una enfermedad.
En ese expediente, el fiscal de Violencia de Género de San Martín-La Colonia Germán Hnatow finalizó la investigación y realizó el requerimiento de elevación a juicio.
En una fiesta clandestina
El caso por el que fueron condenados el penitenciario Dichano y Palma ocurrió el 1 de noviembre del año pasado en un domicilio de calle Alem al 400, en la villa cabecera de Rivadavia.
De acuerdo con la investigación, la víctima llegó hasta ese lugar alrededor de las 19. Allí se encontraban los ahora condenados y la joven tuvo algunos encontronazos con Dichano, quien la manoseo en sus partes íntimas en varias oportunidades.
Tras algunas horas, cerca de las 23, la joven se descompuso y fue al baño. Luego se recostó en la cama de una de las habitaciones.
A los pocos minutos, fue sorprendida por Palma, quien la abordó y la accedió carnalmente, se comprobó en el juicio. Posteriormente ingresó a la habitación Dichano y también repitió el sometimiento sexual a la chica.
Por último, entre ambos obligaron a la víctima a practicarles sexo oral al mismo tiempo, surgió de la pesquisa.
Durante el debate, las pruebas claves que terminaron por complicar al penitenciario y a su amigo fueron la declaración de la joven y los peritajes psicológicos que le realizó el Cuerpo Médico Forense a todos los protagonistas del caso.
Tal como lo solicitó la fiscal de Junín-Rivadavia Valeria Bottini, el martes el juez Federico Rapaccioli sentenció a Dichano y Palma a ocho años de encierro por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos personas.
En casa y cerca del juicio
Por su parte, la denuncia de abuso contra Leandro Llaver, sacudió a fines tanto a la Justicia como también al ambiente político.
Una chica de 12 años lo acusó de contactarla por las redes sociales, pactar un encuentro con ella y luego llevarla a su departamento, ubicado en el centro de San Martín, donde la accedió sin consentimiento.
Por eso, el joven, hijo del diputado provincial por el radicalismo Daniel Llaver y nieto del ex gobernador Santiago Felipe Llaver, se encuentra imputado por el delito de abuso sexual agravado por ser con acceso carnal y por ser la víctima menor de 13 años.
Tras pasar más de tres meses en prisión, estaba en el pabellón de funcionarios públicos del Complejo San Felipe, la Justicia le otorgó el lunes el beneficio de la detención domiciliaria.
Fue durante un control jurisdiccional solicitado por la defensa del sospechoso, que se presentaron informes médicos que dan cuenta sobre los problemas renales arrastra desde hace tiempo: síntomas urinarios bajos o LUTS (por las siglas en inglés lower urinary tract symptoms) y dificultad miccional.
Por ese motivo, el empleado judicial debe seguir un tratamiento y también utilizar pañales ocasionalmente. Su representante legal también se apoyó en un informe del Servicio Penitenciario provincial, que sostiene que no estaban dadas las condiciones sanitarias para mantenerlo alojado en cárcel.
Frente a esa situación, el Ministerio Público no se opuso a la solicitud, pese a que ya le había negado la domiciliaria durante la investigación penal preparatoria.
El fiscal Hnatow consideró que, debido a que ya se dio por finalizada la instrucción –la causa fue elevada a juicio–, ya no existe riesgo procesal.
Así, el juez Dario Dal Dosso, del Juzgado Penal Colegiado de la Tercera Circunscripción, hizo lugar al pedido de la defensa.
De todos modos, Llaver será monitoreado a través del sistema de videollamadas, es decir, que se le realizan comunicaciones aleatorias o sorpresa que el imputado debe contestar y demostrar con la cámara de su celular que se encuentra en el domicilio correspondiente.
Fuente: Diario El Sol